¿Qué es la Ley de Urgencia?

Es la normativa que ordena atender a toda persona que requiera atención de urgencia vital, independientemente de su previsión. Ningún establecimiento puede negarse a recibir a un paciente cuya vida o salud esté en riesgo inminente.

Esto aplica en la red pública y privada. La urgencia vital debe ser estabilizada antes de cualquier discusión sobre previsión o pago.

Urgencia cubierta: la atención incluida en el plan

Es la atención de urgencia originada por una enfermedad o accidente que está comprendida en el plan de salud. Si bien puede haber copagos, la prestación está cubierta dentro de las condiciones del contrato.

En Fonasa, la urgencia cubierta se atiende en la red pública (hospitales, SAPU, SUR) y en la modalidad libre elección si el prestador está convenido.

Urgencia no cubierta: cuándo la atención no está incluida

No toda urgencia está cubierta. Por ejemplo, si la urgencia se origina por una acción voluntaria del propio paciente, la Isapre o Fonasa pueden considerarla no cubierta.

Cada contrato define los casos de urgencia cubierta y no cubierta. Es recomendable leer esta sección del plan.

¿Qué hacer antes de ir a urgencia?

  • Revisa la cartola de beneficios de tu Isapre para conocer los límites del plan.
  • Consulta cuáles son las clínicas preferentes para urgencia en tu red.
  • Si estás en Fonasa, identifica el hospital o SAPU más cercano a tu domicilio.
  • Si la urgencia es por enfermedad o accidente, lleva identificación y tu cartola si está disponible.
  • En caso de urgencia vital, no dudes en acudir al centro más cercano.